Ley de 40 horas: 5 errores a evitar en su implementación

Esta legislación, que comenzó a regir desde el pasado 26 de abril de 2024, busca reducir gradualmente la jornada laboral para mejorar la calidad de vida de los trabajadores, comenzando con la reducción de 45 a 44 horas semanales este 2024. Especialistas abogan por estar atentos, para no sufrir por multas debido a una implementación errónea.

Datos08/08/2024quillayinoquillayino

Hace unos días la Inspección del Trabajo descartó de manera contundente el mal uso de la reducción de la jornada, dado que algunas empresas, al comienzo de la puesta en efecto de la legislación, optaron por practicar la reducción en minutos, implementando reducciones de tiempo de trabajo en intervalos de 10 y 12 minutos diarios, lo que después fue resuelto mediante un dictamen desde la Dirección de Trabajo.

El dictamen especifica que, en casos donde no hay acuerdo sobre la modificación de la jornada diaria, los empleadores deben reducir, al menos, una hora en uno de los días de trabajo, siempre que la jornada esté distribuida en cinco días, lo que ha generado algunas controversias.

La ley de 40 horas consiste en una modificación del artículo 22 del Código del Trabajo, con la cual se pretende reducir gradualmente el horario de la jornada laboral, disminuyendo las horas de trabajo a 44 horas este 2024, luego a 42 en 2026, hasta llegar finalmente a las 40 horas semanales en 2028. El objetivo de la reformulación de la jornada laboral, en esta primera etapa, es otorgar a los trabajadores una hora extra de tiempo libre diario a la semana, mejorando su calidad de vida, salud y motivación emocional.

“Es importante que las empresas puedan implementar esta reducción, siempre según lo establecido a la ley, para evitar sanciones por no llevar registro de horas trabajadas o multas, manteniendo un control mediante un sistema de control de asistencia. Para esto, recomendamos hacer una transición con especialistas que puedan ayudar a las organizaciones a acomodarse a esta nueva realidad, ayudándolos a que el proceso sea óptimo. La evidencia muestra que este tipo de medidas trae beneficios tanto para la salud de los colaboradores como para la empresa, al reducir ausentismos, licencias médicas, entre otros”, afirma Kerim Rumie, Gerente General de GeoVictoria Chile, HR Tech chilena líder en facilitar la gestión y control de asistencia de los colaboradores en más de 40 países.

En esa línea, desde GeoVictoria, indican qué acciones pueden ser consideradas como un mal uso de esta legislación y que pueden ser motivo de sanción para las empresas:

Disminución de los salarios de los colaboradores: No está permitido reducir la remuneración de los trabajadores por la reducción de jornada laboral.

Adecuar la reducción de forma unilateral: La reducción debe ser consensuada entre los empleadores y trabajadores, en virtud del beneficio de ambos, minimizando el incumplimiento laboral.

Horas extras no remuneradas: La reducción de jornada, no modifica la legislación sobre las horas trabajadas, la cual debe pagarse debido a lo estipulado por la DT, calculándolas en razón del nuevo régimen horario.

Merma a los beneficios de los trabajadores: Retener o eliminar beneficios (como bonificaciones, tiempos de descanso adicionales, etc.) que los trabajadores hubieran adquirido antes de la implementación de la ley bajo el argumento de la reducción de horas laborales, puede derivar en sanciones.

Mantener fuera de la reducción a trabajadores que no cumplen requisitos del inciso segundo del artículo 22: La limitación de la Ley de 40 horas solo se aplica a trabajadores que cumplan las siguientes características: quienes ostenten cargos como gerentes, administradores, apoderados con facultad de administración y/o todo aquel que trabaje sin supervisión directa dadas la naturaleza de sus labores.

“El no cumplimiento de la normativa conlleva el pago de multas que varían en su valor, dependiendo del tamaño de la empresa. Por ejemplo, en empresas de entre 50 a 199 trabajadores, las multas oscilan entre las 24 a 40 UTM; mientras que, en el caso de organizaciones con más de 200 colaboradores, las multas van desde las 36 a las 60 UTM”, comenta Kerim Rumie.

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