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Aumento del salario mínimo, aguinaldos y días feriados: Lo que trae el mes de la patria para trabajadores chilenos

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El Gobierno promulgó durante este año la ley que aumenta el salario mínimo, después de ser aprobada en el Congreso Nacional. La iniciativa contempla una gradualidad en la cifra, llegando finalmente a $500.000.

Esta medida va en directo beneficio de los trabajadores y trabajadoras del país, quienes el pasado 1 de mayo ya tuvieron el primero de los incrementos (de $410.000 a $440.000).

El próximo aumento en el salario mínimo está proyectado para el próximo 1 de septiembre. A partir de esa fecha, el alza será de $20.000, quedando el sueldo básico en $460.000.

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Aguinaldo para pensionados del IPS: Estas personas lo reciben con un incremento

Queda poco más de un mes para las Fiestas Patrias, que este año permitirán conformar un fin de semana largo, considerando que el 18 y 19, días feriados, serán lunes y martes, respectivamente.

Para estas fechas, las personas suelen tener varios gastos extras, teniendo en cuenta también que muchos abandonan la capital para visitar el litoral central u otros lugares. Al mismo tiempo, algunos realizan asados y otro tipo de comidas tradicionales para celebrar.

Es por estos motivos que los trabajadores -ya sean del sector público o del sector privado- están a la espera de su aguinaldo, el cual les permite costear parte de estos gastos.

Los pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) también entran en esta categoría. En este sentido, la suma de dinero se paga una sola vez y va de la mano con la respectiva pensión de septiembre, siempre y cuando se cumpla con los requisitos

El monto base del aguinaldo de Fiestas Patrias de este año es de $23.261. A esta cifra se le agregan $11.933 por carga familiar, que debe estar acreditada hasta al 31 de agosto.

Cabe destacar que el dinero correspondiente al aguinaldo no tiene descuentos y no se considera para el pago de impuestos, puesto que no es tributable. 

De acuerdo a lo anterior, los pensionados que reciben el aguinaldo, son:

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2022, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.

En tanto, el incremento del beneficio se entregará a quien perciba o hubiera podido percibir la Asignación Familiar en caso de que:

  • Estas asignaciones sean recibidas por una persona distinta del pensionado.
  • Hubiese podido percibir las asignaciones de no pertenecer al tramo 4.

Feriados en Fiestas Patrias: Así será el fin de semana largo

Si se consideran los días sábado 16 y domingo 17, entonces serán cuatro los días libres para celebrar las Fiestas Patrias, ya que el 18 y 19 de septiembre corresponden a días lunes y martes, respectivamente.

De este modo, el fin de semana largo se extenderá por cuatro días, al igual que el año pasado, con la diferencia de que en el 2022 se dictó, de forma única y excepcional, como día libre el 16 del mes patrio para tener más días de descanso.

Al igual que todos los años, los feriados de Fiestas Patrias sí son irrenunciables, por lo tanto, solamente los días lunes 18 y martes 19 son irrenunciables.

Según el artículo 2° de la Ley N.º 19.973, esto significa que los trabajadores no deben ejercer sus labores y sus empleadores no pueden obligarlos a trabajar.

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